Su comunidad tiene el poder: así se construye el Plan Estratégico de Desarrollo Comunal
La Ley 2166 de 2021 obliga a todas las Juntas de Acción Comunal a formular su propio Plan de Desarrollo. Conozca qué es, quién lo lidera, cuándo debe presentarse y por qué es la herramienta más poderosa que tiene su barrio para transformar su realidad.
La nota
Cada barrio, cada vereda, cada comunidad tiene necesidades concretas: una vía sin pavimentar, un parque deteriorado, la falta de alumbrado público o la ausencia de espacios culturales para los jóvenes. Ahora, gracias a la Ley 2166 de 2021, las comunidades organizadas tienen en sus manos una herramienta legal para plasmar esas necesidades en un documento oficial con poder real: el Plan Estratégico de Desarrollo Comunal.
La Alcaldía de Neiva, a través de la Secretaría de Desarrollo Comunitario, socializa este instrumento para que todas las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunal, Asociaciones de Juntas y Federaciones Comunales del municipio conozcan su obligación legal y, sobre todo, la oportunidad histórica que representa para transformar sus territorios.
El Plan de Desarrollo Comunal no es un simple documento de escritorio. Es el conjunto de acciones priorizadas que la propia comunidad propone como solución a sus necesidades, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de sus afiliados y de quienes residen en el territorio. Es, en pocas palabras, la voz organizada del barrio hecha política pública.
"El Plan de Desarrollo Comunal es el conjunto de acciones priorizadas que, de común acuerdo, la comunidad propone como solución a sus necesidades para mejorar la calidad de vida de sus afiliados y de quienes residen en su territorio."
Lo que antes dependía de la voluntad de los líderes de turno, hoy es una exigencia legal. La ley establece que este plan debe elaborarse para el período completo por el cual fueron elegidos los dignatarios —cuatro años— y se convierte en la guía oficial de toda la gestión comunal durante ese tiempo. No es optativo. Es mandatorio.
Además, la Junta Directiva tiene la obligación de elaborar y presentar anualmente los respectivos Planes de Acción, en concordancia con el Plan de Desarrollo aprobado por la Asamblea General. Esto significa que la comunidad puede hacer seguimiento año a año a los compromisos adquiridos por sus líderes.
¿Qué contiene un Plan de Desarrollo Comunal?
¿A quién le corresponde presentarlo y ante quién?
La ley es clara y no deja lugar a dudas: todos los Organismos de Acción Comunal deben formular su Plan Estratégico de Desarrollo Comunal. La diferencia está en ante quién lo presentan, según su nivel:



