Historia de las JACs

Historia Comunal 1840 – 2002 · Acción Comunal en Colombia

Origen y evolución de la Acción Comunal

Desde las casas de beneficencia inglesas del siglo XIX hasta la primera Ley Comunal de Colombia en 2002: un recorrido por los hitos que dieron vida a las Juntas de Acción Comunal.

Un movimiento con raíces globales y corazón colombiano

La acción comunal no nació en Colombia. Sus principios viajaron desde Inglaterra hasta América Latina, pasando por las Naciones Unidas y la Iglesia Católica, antes de arraigarse en veredas y barrios colombianos como una de las formas de organización ciudadana más poderosas del país.


Hitos históricos de la Acción Comunal

Antecedentes Internacionales
1840
Inglaterra
Nacen las «Settlement Houses»
En los años posteriores a la Revolución Industrial surgen en Inglaterra las casas de beneficencia, primera modalidad precursora de organización comunitaria. Su objetivo era atender familias de barrio mediante la formación y educación social de infantes, jóvenes y adultos.
1886
Estados Unidos
El modelo llega a Norteamérica
Estados Unidos adopta la modalidad de organización comunitaria proveniente de Inglaterra.
1889
Denver, EE.UU.
Surgen los «Fondos Comunales»
En Denver nacen los llamados Fondos Comunales, que agruparon distintas instituciones dedicadas a recolectar recursos para la atención voluntaria de servicios comunitarios.
1948
Cambridge, Inglaterra
Primera vez: «desarrollo de la comunidad»
Se utiliza por primera vez la expresión «desarrollo de la comunidad» para referirse a los programas comunitarios impulsados por la Corona Inglesa en sus colonias africanas, con el fin de generar cambios a nivel colectivo.
1954
Naciones Unidas
La ONU respalda el desarrollo comunitario
En reunión de las Naciones Unidas se determina la necesidad de que los estados apoyen oficialmente el trabajo comunitario. La ONU implementa los primeros programas de desarrollo comunitario como política de gobierno en múltiples países.
Llegada a Colombia
1952
Colombia
El P. Lebret recomienda al gobierno colombiano
El sacerdote francés Juan J. Lebret recomienda al Gobierno Nacional promover organizaciones de las comunidades para mitigar sus problemas desde la base social y comunitaria.
1954–55
Misión Lebret
La Misión Lebret llega a Colombia
A instancias de Álvaro Ortiz Lozano, el presidente solicita al Centro de Investigación Economía y Humanismo (Francia) que aplique sus métodos en Colombia. El P. Louis Joseph Lebret dirige la misión para determinar las potencialidades y el mejor aprovechamiento de los recursos nacionales. Lebret es además autor del primer borrador de la encíclica Populorum Progressio.
1955
Hito Fundacional
Primera Junta de Acción Comunal de Colombia
Los profesores Camilo Torres Restrepo y Orlando Fals Borda, de la recién creada Facultad de Sociología de la Universidad Nacional, trabajan con sus estudiantes en barrios del sur de Bogotá (San Carlos, San Benito, Meissen) en la creación de juntas. Paralelamente, Fals Borda funda en la Vereda de Saucio (Chocontá, Boyacá) la que se considera la primera JAC del país.
Marco Legal y Expansión
1958
Ley 19 de 1958
Origen legal de las Juntas de Acción Comunal
El Artículo 22 de la Ley 19 del 18 de noviembre de 1958 (Ley de Reforma Administrativa) faculta a los concejos municipales, asambleas y gobierno nacional para encomendar funciones de control y vigilancia a las juntas de acción comunal. También crea el DNP, el Consejo Nacional de Política Económica, el DAFP y la ESAP.
1966
Decreto 2263
Integración popular con participación ciudadana
El Decreto 2263 organiza y estimula la integración popular con la participación del pueblo, el gobierno y las entidades privadas.
1967
Vaticano
Encíclica Populorum Progressio
El Papa Paulo VI publica la Populorum Progressio, encíclica inspirada por el P. Lebret, que llama al desarrollo integral de las personas y los pueblos como nuevo nombre de la paz.
1968
Decreto Ley 3159
Creación de la DIGIDEC y el Fondo Comunal
Se crea la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad (DIGIDEC), el Fondo Comunal y el Consejo Nacional de Integración y Desarrollo de la Comunidad, consolidando el aparato institucional de la acción comunal.
1969
Decreto 2070
Organización y funcionamiento básico de las JAC
El Decreto 2070 señala la forma básica de organización y funcionamiento de las juntas de acción comunal.
1970
Expansión
16.000 juntas en todo el país
Para 1970 ya existían cerca de 16.000 juntas en Colombia. La Resolución 504 determina el contenido de los estatutos de las JAC. Aunque el gobierno buscó autonomía y tecnificación, no logró separarlas totalmente del clientelismo político.
1973
Decretos 835 y 836
Organismos de segundo y tercer grado
Durante el gobierno de Pastrana Borrero se crean las Asociaciones y Federaciones Departamentales de JAC, ampliando la estructura orgánica del movimiento comunal.
~1980
Expansión
Cerca de 30.000 juntas al finalizar el período Turbay
Las JAC se convierten en receptáculos de programas y servicios oficiales, financiadas con aportes gubernamentales y auxilios parlamentarios. Al terminar el período Turbay Ayala, el número de juntas alcanza las 30.000 en todo el país.
1987
Decreto 300 · Res. 2070
Reforma comunal del gobierno Barco
Se reglamenta la definición de «Desarrollo de la Comunidad» como los esfuerzos conjuntos de población y Estado por mejorar las condiciones económicas, sociales y culturales, entendiendo el desarrollo como un proceso integrado.
Camino hacia la Ley Comunal
1991
Nueva Constitución
Constitución Política de Colombia
La nueva Constitución eleva la participación ciudadana a principio fundamental del Estado. Toda la normativa comunal anterior queda desactualizada frente al nuevo marco constitucional, haciendo urgente una reforma legislativa.
1995
Decreto 1543
Comisión por la reconstrucción de la Acción Comunal
Se integra una comisión interdisciplinaria «Por la Reconstrucción y la Modernización de la Acción Comunal» con la DIGIDEC, la Confederación Comunal Nacional, federaciones de Bogotá y Cundinamarca, y secretarías de desarrollo comunitario. Su primer propósito: unificar y actualizar las normas comunales dispersas y obsoletas.
1996
Congreso de la República
Inicio del proyecto de la Ley Comunal
El proyecto de ley es radicado a través del parlamentario Mauricio Jaramillo. El senador Aristides Andrade actúa como ponente en Senado. Se abre un debate sobre si la ley debe ser ordinaria o estatutaria.
1998
Ley 537
Competencias a gobernaciones y alcaldías
La Ley 537 de 1998 retorna las competencias sobre las organizaciones de Acción Comunal a las Gobernaciones y Alcaldías. El representante Rubén Darío Quintero radica un segundo proyecto paralelo basado en el texto original.
1999
XVI Congreso Comunal
Unificación del proyecto en Girardot
Los dos proyectos de ley se unifican. El proyecto resultante es estudiado en el XVI Congreso Comunal, Girardot (diciembre 1999). Una comisión de ajuste sesiona en Bogotá en febrero de 2000 con participación de la Confederación, la DIGEDACP y la Federación Comunal de Bogotá.
2001
Corte Constitucional
Fallo histórico: la Ley es ordinaria
En sentencia del 6 de junio de 2001 la Corte Constitucional resuelve el conflicto: la ley comunal es ordinaria (no estatutaria), lo que garantiza su estabilidad jurídica. La Corte elimina el artículo sobre seguro social para dignatarios durante su período, que el Gobierno consideraba inconstitucional.
2002
Ley 743 · Hito Mayor
Primera y verdadera Ley Comunal de Colombia
El 5 de junio de 2002 se promulga la Ley 743, primera ley exclusivamente comunal en la historia de Colombia. Rescata los principios de lo común, lo colectivo y lo solidario; define la acción comunal como organización de naturaleza solidaria; y otorga estabilidad jurídica a todos los organismos comunales del país.
Modernización y Política Pública
2021
Ley 2166 · Hito Mayor
Nueva Ley Comunal: acción comunal del siglo XXI
El 18 de diciembre de 2021 se promulga la Ley 2166, que deroga la Ley 743 de 2002 y actualiza integralmente el marco jurídico de los organismos de acción comunal. Su objeto es promover, facilitar, estructurar y fortalecer la organización democrática, moderna, participativa y representativa de la acción comunal en todos sus grados asociativos. Entre sus principales avances se destacan: cuota de participación femenina mínima del 30% en todos los organismos; creación del Comité Juvenil (mínimo 3 afiliados menores de 28 años) para fomentar nuevos liderazgos; lineamientos para la política pública de acción comunal a cargo del Ministerio del Interior; posibilidad de que las JAC desarrollen proyectos de vivienda y accedan a subsidios de interés social; establecimiento del Día de la Acción Comunal (segundo domingo de noviembre); e inclusión de la organización comunal como contenido de la cátedra de democracia y participación en las instituciones educativas del país.
«La acción comunal no es una creación del Estado: es la expresión organizada del deseo humano de vivir en comunidad, de lo común, lo colectivo y lo solidario.»

Fuentes y referencias

Esta línea de tiempo se elaboró con base en el artículo «Origen de las organizaciones de acción comunal en Colombia», publicado en la revista Cambios y Permanencias (ISSN 2027-5528, Vol. 9 No. 2, julio-diciembre de 2018), la Sentencia C-580/01 de la Corte Constitucional de Colombia, la historia legislativa de la Ley 743 de 2002, y el texto oficial de la Ley 2166 del 18 de diciembre de 2021 publicado en el Gestor Normativo de la Función Pública de Colombia.

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